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En cuanto a bienes y recursos económicos, el Consejo Nacional de Competencias todavía no transfiere a los Municipios un solo centavo de lo estipulado en la Constitución de la República y en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD.
Se dijo oficialmente que las obras educativas y de salud que ha realizado el Gobierno Municipal de Piñas han sido posible con recursos propios, dato que fue suministrado por la economista María Pinto, Directora del Departamento Financiero, para aclarar mal entendidos de parte de ciertos sectores.
Según la Constitución de la República y el COOTAD, los Gobiernos Municipales en su régimen de competencias, entre otras, tienen la facultad de planificar, regular y controlar el tránsito y el trasporte público dentro de su territorio cantonal, así como planificar construir y mantener la infraestructura física y el equipamientos de salud, lo cual todavía no se puede concretar porque –según la fuente oficial- aún no se han traspasado los bienes y los recursos pertinentes a las cajas municipales.
El Consejo Nacional de Competencias se estructuró el mes de febrero del presente año y según el COOTAD tiene 17 funciones que todavía no se pueden materializar; pero eso se cumplirá seguramente en el transcurso del presente año.
INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
El Consejo Nacional de Competencias está integrado de la siguiente manera:
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a) Un delegado o delegada permanente del Presidente de la República quien lo preside con voto dirimente.
b) Un representante de los Gobiernos Provinciales elegido de entre los prefectos o prefectas.
c) Un representante de los Gobierno Municipales elegido de entre los alcaldes o alcaldesas cantonales con excepción de los alcaldes metropolitanos.
d) Un representante de los Gobiernos Parroquiales Rurales elegido de entre los Presidentes o Presidentas de las Juntas Parroquiales.
El Consejo Nacional de Competencias designará un Vicepresidente de entre los representantes de los gobiernos autónomos descentralizados.