Sábado Mayo 19 , 2012
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Tribunal calificó méritos de aspirantes al cargo de Registrador de la Propiedad

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El Tribunal designado para el Concurso de Méritos y Oposición para el cargo de Registrador de la Propiedad del cantón Piñas luego de haber realizado la primera revisión de los documentos el lunes 18 del presente mes, se reunió por segunda vez el jueves anterior (21) para calificar los méritos de los cinco postulantes y luego de deliberaciones fundamentadas en las bases del concurso así como en lo señalado en la Ordenanza Municipal y el Reglamento publicado en el Registro Oficial 362 el jueves 13 de enero, del presente año, procedió a elaborar el acta respectiva con los siguientes resultados.

  1. Abogado Pedro Amado Robles Díaz (inhabilitado por no cumplir todos los requisitos).
  2. No cumple con los requisitos, puesto que NO HA PRESENTADO LA DECLARACIÓN JURAMENTADA otorgada ante el Notario Público. TAMPOCO PRESENTÓ LA CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES DE NO TENER IMPEDIMENTO LEGAL PARA EJERCER EL CARGO PÚBLICO, ni el CERTIFICADO DE LA CENTRAL DE RIESGOS. Por lo mismo, el postulante quedó inhabilitado.
  3. Abogada Rosa Emperatriz Marca Nugra (inhabilitada por no cumplir con los requisitos).
  4. La postulante es graduada en la Universidad Técnica de Machala y el título fue otorgado el 08 de julio del año 2009, refrendado el 31 del mismo mes y año. Es decir, NO CUMPLE CON LO SEÑALADO en el artículo 16 numeral 3 de la Ordenanza para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del cantón Piñas que señala puntualmente como requisito: “Haber ejercido con probidad notoria su profesión por un lapso mínimo de 3 años”, lo cual es concordante con lo señalado en el artículo 9 numeral 3 del Reglamento del Concurso de Méritos y Oposición.
  5. Doctor César Efrén Escandón Loayza (inhabilitado por falta de cumplimiento de requisitos).
  6. El postulante NO PRESENTÓ EL CERTIFICADO DE LA CENTRAL DE RIESGOS que es un requisito constante en el artículo 16 numeral 6 de la Ordenanza para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del cantón Piñas, publicada en la página web institucional. Este requisito también consta en el Reglamento en el artículo 9 del numeral 9 que dice entre otras cosas: Conforme establece la Ley Orgánica de Servicios Públicos, así como el artículo 19 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos para la selección y designación de los Registradores de la Propiedad, las y los postulantes cumplirán los siguientes requisitos… Numeral 9 “no encontrarse en mora del pago de créditos establecidos a favor de entidades u organismos del sector público, a excepción de lo establecido en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Servicio Público”
  7. Doctor Wilson René Ganazhapa Puchaicela (habilitado porque cumple todos los requisitos legales establecidos en la Convocatoria, Ordenanza y en el Reglamento).

    • Título: Doctor…………………………………… 20 puntos
    • Años de experiencia profesional:……………… 8 puntos
    • Por cada año, de ejercicio profesional:……… 5 puntos
    • Capacidad adicional (cursos):…………………. 5 puntos
    TOTAL=……………………………………………….38 Puntos
  8. Doctora Glenda Inés Romero Romero (habilitada porque cumple todos los requisitos legales establecidos en la Convocatoria, Ordenanza y en el Reglamento).

    • Título: Doctora………………………………………………… 20 puntos
    • Años de experiencia profesional:…………………………… 8 puntos
    • Ex Empleado de los Registros de Propiedad del País:………1 punto
    • Por cada año, de ejercicio profesional:……………………… 2 puntos
    • Capacidad adicional (cursos):………………………………… 5 puntos
    TOTAL=…………………………………………………………… 36 Puntos

Los postulantes que resultaron inhabilitados por el Tribunal en la calificación de méritos - si no están de acuerdo- tienen legalmente todo el derecho y la facultad para en forma motivada impugnar o apelar, en el término correspondiente que consta en el cronograma de las fechas de todo el proceso, que ya es de conocimiento de cada uno de los cinco participantes.

PRUEBA DE OPOSICIÓN

Luego de la etapa de impugnación, el proceso continuará de acuerdo al cronograma establecido y que fue difundido en los distintos medios de comunicación, debiendo darse también la denominado prueba de oposición, prevista para el miércoles 3 de agosto del presente año en el Salón de la Ciudad, acto en el cual sólo participarán los habilitados, con un banco de 40 preguntas, agregándose que todo ha sido coordinado con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que hará la veeduría pertinente, según así informaron los miembros del Tribunal señores ingeniera Cathia Loayza Villa, Presidenta, Vicente Espinoza Sánchez, Miembro-Secretario y doctor Javier Villacreses Franco, Miembro.

Acta de Calificación de Méritos para el cargo de Registrador de la Propiedad del Cantón Piñas Cronograma del Proceso de Selección y designación del Registrador de la Propiedad

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